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3 min read

Tipos de contratos de trabajo en España y cómo elegir uno

Contratación global

Legal & compliance

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Autor

Mayteck Arenas

Publicado

13 junio, 2024

Última actualización

10 octubre, 2024

Tabla de contenidos

¿Qué es un contrato laboral?

¿Qué debe incluir un contrato de trabajo?

¿Cuáles son los diferentes tipos de contrato de trabajo en España tras la reforma laboral?

El contrato de trabajo indefinido en España

El contrato de trabajo temporal en España

Los contratos formativos

¿El contrato de prestación de servicios es un tipo de contrato de trabajo?

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Puntos clave
  1. La última reforma laboral (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) introdujo cambios importantes para la contratación en España.
  2. El contrato de trabajo indefinido es el contrato laboral por defecto en España. El contrato temporal queda relegado a un papel residual y hay que justificar su elección.
  3. Se contemplan dos tipos de contrato de trabajo en España relacionados con la formación: el contrato de formación dual (también conocido como contrato de trabajo de formación en alternancia) y el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

La última reforma laboral, que entró en vigor el 30 de diciembre de 2021, introdujo cambios en las modalidades de contrato de trabajo en España. En este artículo analizaremos cuáles son los principales tipos de contrato laboral (contrato indefinido, contrato temporal y contratos de formación) para entender sus principales diferencias.

Puntos clave en este artículo

  1. La última reforma laboral (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) introdujo cambios importantes para la contratación en España.
  2. El contrato de trabajo indefinido es el contrato laboral por defecto. El contrato temporal queda relegado a un papel residual y hay que justificar su elección.
  3. Se contemplan dos tipos de contrato de trabajo relacionados con la formación: el contrato de formación dual (también conocido como contrato de trabajo de formación en alternancia) y el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

¿Qué es un contrato laboral?

Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empleador (empresa o autónomo) y una persona trabajadora para regular sus relaciones y establecer los derechos y obligaciones de cada parte antes de comenzar una relación profesional. Por ejemplo, estos aspectos incluyen duración, remuneración, jornada, tareas, vacaciones, periodo de prueba, etc.

Los contratos de trabajo pueden adoptar distintas formas en función de la naturaleza de la relación laboral que establecen, pero en todos los casos son documentos legales que vinculan y obligan a las partes. Es decir, en caso de incumplimiento o discrepancia entre las partes, el contrato de trabajo puede hacerse valer ante la justicia.

¿Qué debe incluir un contrato de trabajo?

Para ser válido, un contrato laboral en España debe cumplir al menos con los siguientes criterios formales e incluir la siguiente información:

  • Datos identificativos del empleador, de la persona trabajadora y del centro de trabajo (el lugar donde el trabajador desempeñará sus funciones).
  • Fecha de inicio y duración (indefinido o temporal; en este último caso habrá que indicar la fecha de fin). Deberá también indicarse si se establece un periodo de prueba.
  • Tipo de contrato (ahondaremos en las características de cada tipo de contrato de trabajo en España más adelante).
  • Tipo de jornada laboral (jornada parcial o jornada completa) y distribución horaria de la jornada laboral.
  • Categoría profesional de la persona trabajadora y funciones que desempeñará.
  • Días de vacaciones.
  • Salario que recibirá la persona trabajadora y cualquier retribución extraordinaria o prestaciones a las que tenga acceso.
  • Legislación vigente y tipo de convenio colectivo aplicable (si no existe un convenio colectivo específico, se aplica el Estatuto de los Trabajadores).

¿Cuáles son los diferentes tipos de contrato de trabajo en España tras la reforma laboral?

El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, estableció nuevas normas de contratación para las empresas en España. Estas normas se aplican a los contratos laborales firmados a partir del 31 de diciembre de 2021.

Una de las principales novedades es que se fomenta la contratación indefinida para evitar la temporalidad de los contratos. Los contratos de duración determinada se mantienen con carácter residual y hay que justificar la elección de esta modalidad (por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora). Desaparecen, por tanto, los contratos por obra y servicio determinado.

El Real Decreto-ley también delimita el alcance de los contratos de formación o prácticas, como veremos más adelante.

Con esta nueva legislación, según queda resumido en la guía de contratos del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), los tipos de contrato de trabajo en España quedan reducidos a cuatro: contrato indefinido, contrato temporal, contrato de formación en alternancia y contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Veamos en qué consiste cada uno.

El contrato de trabajo indefinido en España

¿Cómo es un contrato de trabajo indefinido en España ?

Tras la reforma laboral de 2022, de partida se presume que la duración del contrato de trabajo es indefinida. Es decir, si no concurren circunstancias que justifiquen la elección de otro tipo de contrato, el contrato laboral es por defecto indefinido, no tiene fecha de finalización. De esta forma se garantiza mayor estabilidad a la persona trabajadora y se reduce la temporalidad de los contratos de trabajo.

Al no haber límite temporal, un contrato indefinido solo se puede resolver por decisión de la persona trabajadora, por despido justificado, por mutuo acuerdo, muerte, jubilación, incapacidad o extinción de la empresa.

Cualquier persona con capacidad legal para trabajar puede celebrar un contrato de trabajo indefinido, que puede ser a jornada completa o a tiempo parcial, en función de las horas pactadas. No obstante, existen distintas modalidades de contratación indefinida en España en función de las características de la persona trabajadora y el puesto de trabajo. Cada una de estas modalidades proporciona distintos incentivos y está sujeta a sus cláusulas específicas previstas por la ley.

Modalidades de contratación indefinida en España

Además del contrato indefinido ordinario, la ley prevé distintas modalidades de contratación indefinida que ofrecen incentivos a la empresa en función del trabajador contratado: trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo, personas desempleadas de larga duración, familiares de un trabajador autónomo, personas con discapacidad, personas con capacidad intelectual límite, trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, de violencia doméstica, de terrorismo o de trata de seres humanos, entre otros.

El trabajador fijo puede estar contratado a tiempo completo (la jornada ordinaria de trabajo, cuya duración máxima fija el Estatuto de los Trabajadores en 40 horas semanales) o a tiempo parcial (cuando la persona contratada presta servicios durante un número de horas inferior a la jornada máxima de un trabajador a tiempo completo equivalente).

El contrato fijo discontinuo

Una modalidad de contratación indefinida que merece mención especial es el contrato fijo discontinuo. Este contrato de trabajo se contempla para actividades que se desarrollan de manera discontinua pero estable. Se diferencia del contrato temporal en que no tiene fecha de finalización: el trabajador protege su derecho a prestar servicios a la empresa de forma regular durante un periodo concreto del año, aunque lo haga de manera intermitente en el tiempo. Este tipo de contrato implica también que la persona contratada pasa a formar parte del personal de la empresa ante la Seguridad Social y tiene los mismos derechos que en un contrato indefinido, incluida la indemnización por despido.

El contrato fijo discontinuo está especialmente diseñado para puestos de trabajo estacional o por temporadas, como los servicios dependientes de la temporada escolar o los empleos sujetos a temporadas turísticas en hostelería. Este tipo de contrato de trabajo también pueden utilizarlo las empresas de trabajo temporal (ETT) con las personas contratadas que ponen al servicio de las empresas usuarias.

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El contrato de trabajo temporal en España

Características del contrato temporal en España

Los contratos temporales son aquellos que tienen una duración determinada, es decir, la duración del contrato tiene un límite de tiempo: la persona trabajadora sabe cuándo finaliza su relación laboral con la empresa.

Tras la reforma laboral impulsada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, el rango de aplicación de este tipo de contratos por tiempo determinado ha quedado reducido a situaciones muy concretas. La duración no podrá ser superior a 6 meses (con posible prórroga de hasta un año si el convenio colectivo aplicable lo permite) y hay que justificar la elección de este tipo de contrato de trabajo por las circunstancias de la producción.

Modalidades de contratación temporal más frecuentes en España

Las dos justificaciones más comunes para recurrir a un contrato de trabajo temporal son el incremento ocasional e imprevisible de la actividad de la empresa o para sustituir en su puesto de trabajo a una persona trabajadora de baja temporal.

El contrato por sustitución de persona trabajadora (a la que se le reserva el puesto de trabajo) tiene como fin sustituir temporalmente a empleados y empleadas que se hayan acogido a una baja laboral, vacaciones, reducción de jornada o baja por maternidad o paternidad. La duración coincidirá con el tiempo de ausencia de la persona sustituida. Desde la última reforma laboral, la persona contratada puede comenzar 15 días antes de que la persona sustituida deje de prestar sus servicios, para facilitar la transición.

Si el contrato temporal viene justificado por un aumento imprevisible del volumen de trabajo o cambio imprevisto de las circunstancias de la producción (exceso en la demanda, saturación de personal actual, pico de ventas de temporada), hay que tener en cuenta que, si en un periodo de dos años la persona trabajadora ha estado contratada más de 18 meses (de manera continuada o acumulada) con contratos de este tipo, incluidos contratos a través de empresas de trabajo temporal (ETT), pasará a adquirir automáticamente la condición de trabajador fijo.

Por último, también pueden firmarse contratos temporales para cubrir un puesto de trabajo mientras se desarrolla un proceso de selección de personal fijo (en este caso tendrá una duración determinada inferior a tres meses) o para atender necesidades ocasionales, previsibles y de corta duración (en este caso la duración máxima será de 90 días no consecutivos en el plazo de un año).

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Los contratos formativos

La actual reforma laboral contempla dos tipos de contratos de formación: el contrato de formación dual (también conocido como contrato de trabajo de formación en alternancia) y el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

El contrato de formación dual

También conocido como contrato de formación en alternancia, es el tipo de contrato que tras la reforma laboral sustituyó al contrato para la formación y el aprendizaje. Está destinado a que la persona trabajadora pueda compatibilizar una actividad laboral retribuida con sus estudios universitarios, de formación profesional o del catálogo de especialidades del Sistema Nacional de Empleo.

Este tipo de contrato busca complementar el empleo y la formación gracias a los convenios que firman los centros educativos y las empresas, que se benefician de bonificaciones ante la seguridad social. Las labores que desempeña la persona trabajadora en el puesto de trabajo deben tener relación con la formación en que se basa la contratación.

Su duración oscila entre 3 meses y 2 años, el salario no puede estar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y el tiempo de trabajo efectivo no puede superar el 65 % de la jornada máxima durante el primer año y el 85 % durante el segundo año. Tampoco permite realizar horas complementarias ni extraordinarias y no da derecho a indemnización tras la resolución.

El contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

Se diferencia del anterior en que la persona trabajadora ya ha terminado sus procesos formativos (título universitario, máster profesional, certificado de formación profesional o título de grado medio o superior). Su objetivo es facilitar a la persona trabajadora su acceso al mercado laboral, en la especialización de sus estudios académicos, tras la finalización de su formación académica. Es lo que popularmente se conoce como contrato de prácticas.

Para ser válido debe firmarse en el plazo de 3 años desde la finalización de los estudios (5 años para personas con discapacidad) y la duración del contrato no puede ser inferior a 6 meses ni superior a un año. La retribución se establece en base al convenio colectivo y las funciones que desempeñe la persona trabajadora en su puesto de trabajo y a su grupo profesional. En cualquier caso, no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional. No pueden realizarse horas extraordinarias, pero sí horas complementarias. La empresa empleadora también se beneficia de incentivos y bonificaciones por esta modalidad de contratación.

¿El contrato de prestación de servicios es un tipo de contrato de trabajo?

Un contrato de trabajo se diferencia del contrato de prestación de servicios en que genera una relación laboral subordinada. Es decir, el contrato de prestación de servicios se firma entre dos empresas o profesionales que se relacionan horizontalmente (una parte presta servicios a la otra a cambio de una retribución) y el contrato laboral se firma entre una empresa que ofrece el puesto de trabajo y una persona trabajadora que se subordina a ella a cambio de un salario.

El contrato de trabajo limita la independencia del trabajador pero le ofrece mayor seguridad y prestaciones. Mientras que el contrato de prestación de servicios aporta mayor flexibilidad al trabajador, también le traslada responsabilidades de cara a Hacienda y la Seguridad Social que en un contrato de trabajo suele asumir la empresa.

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Sobre el autor

Mayteck es una profesional y yoguini, apasionada por el equilibrio entre el trabajo y la vida personal, así como por el desarrollo personal. Es una líder creativa en comunicaciones y marketing con más de una década de experiencia. Mayteck es Content Manager para Latam en Deel, y con su pasión por contar historias aporta nuevas perspectivas sobre las oportunidades para trabajadores y empresas.

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